PRESIDENTE FIRMA DS 5701 PARA PERMITIR EL ABASTECIMIENTO DE COMBUSTIBLES Y FORTALECER LA REFINACIÓN NACIONAL

 

La medida permitirá aprovechar la capacidad de las refinerías bolivianas, reducir costos logísticos y brindar el combustible requerido para la población, sin subvención estatal.

 

UCOI MHE 07/09/2026.- El presidente Rodrigo Paz Pereira, firmó hoy el Decreto Supremo N° 5701, una medida generada con la visión del Ministro de Hidrocarburos y Energías, Marcelo Blanco Quintanilla y que tiene carácter excepcional para fortalecer la capacidad de respuesta del país frente a la emergencia energética y establece mecanismos para permitir el abastecimiento continuo de combustibles.

Con esta decisión, el Gobierno nacional con el Ministerio de Hidrocarburos y Energías a la cabeza apuesta por utilizar la capacidad de las refinerías bolivianas, permitiendo la importación de petróleo para su procesamiento en el país y la posterior comercialización de sus derivados a precios de mercado.

La prioridad del presidente Rodrigo Paz Pereira es clara: que exista el combustible necesario para que Bolivia se mueva y su aparato productivo pueda funcionar, aprovechando la infraestructura nacional y haciendo más eficiente la cadena de abastecimiento.

La nueva normativa permite a las refinerías importar petróleo destinado a su procesamiento y comercialización directa de productos derivados, optimizando además el uso de los sistemas de transporte por ductos y reduciendo los costos logísticos de importación.

“Permitir el abastecimiento de combustibles es una prioridad para el Gobierno nacional y para la reactivación económica del país”, constituye el eje central de esta medida, que responde a la emergencia energética y social y busca fortalecer la seguridad energética de Bolivia.

Un elemento fundamental del decreto es que los derivados provenientes del petróleo importado serán comercializados a precios de mercado y sin subvención estatal. De esta manera, la medida busca ampliar la oferta de combustibles sin generar una nueva carga de subvención para el Estado.

Asimismo, el decreto establece una alícuota de IEHD de 0,00 Bs/Lt hasta el 31 de diciembre de 2030 para los derivados de petróleo importado que no cuenten con subvención estatal, generando condiciones de certidumbre para el desarrollo de estas operaciones.

La medida también permitirá una mayor flexibilidad operativa para las refinerías, incluida la posibilidad de reasignar volúmenes de petróleo nacional e importado entre unidades de procesamiento, bajo controles técnicos y de calidad establecidos por las autoridades competentes.

Para el sector productivo, el DS 5701 abre nuevas posibilidades de comercialización, permitiendo que las refinerías puedan vender directamente sus derivados a distribuidores mayoristas, grandes consumidores, estaciones de servicio y otros canales autorizados.

El objetivo es que el transporte, el agro, la industria y las familias bolivianas cuenten con un abastecimiento continuo de combustibles, condición indispensable para recuperar la actividad económica y productiva del país.

El presidente Rodrigo Paz Pereira, con la firma de este decreto, impulsa así una respuesta basada en abastecimiento, producción y eficiencia, utilizando la capacidad industrial instalada en Bolivia para enfrentar la emergencia energética.

Más combustible. Más capacidad de refinación. Menores costos logísticos. Sin nueva subvención estatal.