UCOM MHE 19-02-2026.- El Gobierno de Bolivia promulgó el Decreto Supremo Nº 5548, que autoriza de manera excepcional a YPFB y a las refinerías a importar petróleo crudo con el fin de procesarlo y producir combustibles destinados al mercado interno. La medida se enmarca en la emergencia energética y social declarada previamente y busca evitar un eventual desabastecimiento.

El ministro de Hidrocarburos y Energías, Mauricio Medinaceli, destacó que la normativa permitirá reducir costos de importación, ya que traer crudo resulta más económico que importar gasolina o diésel. Asimismo, subrayó que la capacidad técnica y los laboratorios de YPFB aseguran la calidad de los combustibles producidos y que, además de gasolina y diésel, la refinación permitirá obtener volúmenes adicionales de gas licuado de petróleo (GLP), jet fuel, asfaltos y aceites.

Según la autoridad, la medida impulsará el incremento del nivel de producción de las refinerías, reducirá la capacidad ociosa y contribuirá al crecimiento del PIB industrial. Asimismo, YPFB podrá suscribir contratos con refinerías para que estas importen crudo destinado a su procesamiento. Los volúmenes serán definidos por el Comité de Producción y Demanda (PRODE) en función de la demanda interna y la capacidad de transporte y refinación.

Las refinerías deberán comercializar los combustibles a YPFB o a distribuidores mayoristas, priorizando el abastecimiento interno. La norma también permite la exportación de excedentes previa autorización del ente regulador y a la normativa vigente. Además, el decreto señala que los precios de los combustibles continuarán sujetos al régimen vigente y que los productos derivados del crudo importado no contarán con subvención estatal.

En el ámbito tributario, se fija una alícuota del Impuesto Especial a los Hidrocarburos y sus Derivados (IEHD) de Bs ‘0’ por litro durante un año, con el objetivo de reducir costos y facilitar el abastecimiento. La Agencia Nacional de Hidrocarburos (ANH) deberá reportar mensualmente al Servicio de Impuestos Nacionales los volúmenes diferenciando producción nacional e importada.

El decreto también establece que su implementación no implicará recursos adicionales del Tesoro General de la Nación, por lo que no generará gasto extra para el Estado.